En diciembre del 2010 la Junta de Castilla y León declara Espacio Cultural al Bien de Interés Cultural de «Las Médulas» (León), de acuerdo con lo dispuesto en Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León.
La singularidad y excepcionalidad de la zona arqueológica de «Las Médulas», reconocida ya desde su declaración como Monumento Histórico Artístico en junio de 1931 y avalada con su inscripción en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO en diciembre de 1997, configura una realidad compleja integrada por un Bien de Interés Cultural en el que confluyen valores culturales y naturales, tangibles e intangibles, cuya combinación junto a la necesidad de una atención preferente para su gestión y difusión encuentra en la declaración de Espacio Cultural, contemplada en la indicada Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, el instrumento de fomento y gestión idóneo.
En conformidad con lo dispuesto en la citada ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León y con el Acuerdo por el que se declara este Espacio Cultural, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León del día 25 de abril del 2013 aprueba el Plan de adecuación y usos del espacio cultural de «Las Médulas», y el proyecto de decreto por el que se crea la Junta Rectora y Asesora del Monumento Natural y Espacio Cultural de Las Médulas como único órgano de gestión y consultivo.
Plan de Adecuación y Usos – P.A.U. de Las Médulas - : contenido y estructura.
Determina los criterios y medidas de conservación, los trabajos de mantenimiento y los usos del Espacio Cultural, a través de una planificación de actuaciones que pretenden racionalizar, sistematizar y proyectar las intervenciones en el mismo.
Se pretende, así mismo, la sostenibilidad del Espacio Cultural de Las Médulas mediante la progrmación y la aplicación de un conjunto de directrices y procedimientos técnicos en relación con la investigación, conservación, difusión, visitas públicas, fomento y demás actividades que se desarrollan en el Espacio Cultural y en las áreas adyacentes y que contribuyan a la protección de los valores culturales de la Zona Arqueológica de Las Médulas.
Este Plan es un documento de referencia para las distintas administraciones públicas y particulares que intervengan en el Espacio Cultural de Las Médulas, quienes, en aras al principio de corresponsabilidad, deberán acomodar sus actuaciones a las previsiones del mismo.
Las Médulas es un Bien de Interés Cultural complejo, que abarca un territorio muy amplio, y en el que intervienen, en el ámbito de sus respectivas competencias, la Junta de Castilla y León, el Consejo Comarcal de El Bierzo, los Ayuntamientos de Carucedo, Borrenes y Puente de Domingo Flórez, junto con otros Ayuntamientos ubicados en la zona de afección del Espacio Cultural, y otros agentes privados, como la Fundación Las Médulas. Por parte de la Junta de Castilla y León, intervienen fundamentalmente las Consejerías de Fomento y Medio Ambiente – en cuanto que Las Médulas es un Monumento Natural, que posee su propio Plan de Ordenación de Recursos Naturales- y la Consejería de Cultura y Turismo, ya que Las Médulas es Bien de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica y, además, es un bien inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de la UNESCO.
Este Plan de Adecuación y Usos es la base para priorizar las actuaciones que se realizan en Las Médulas, y la Junta Rectora y Asesora del Monumento Natural y Espacio Cultural de Las Médulas, único órgano consultivo y de gestión, permitirá que las decisiones estén avaladas por el consenso de todas las instituciones y agentes sociales vinculados.
La estructura del Plan atiende a los ejes de investigación científica, protección y conservación del Espacio Cultural, así como al acceso, uso público y atención al visitante.
En el mismo, se ha elaborado una relación de los recursos culturales vinculados al Espacio Cultural, como son los enclaves arqueológicos (zona minera: sectores de explotación, sectores de acumulación de estériles, red hidráulica; castros, poblados mineros y diversos asentamientos), y otros elementos culturales relacionados con la ocupación histórica, los conjuntos urbanos y la arquitectura popular. El Plan tiene en cuenta los recursos naturales vinculados al Espacio Cultural como son la red de Espacios Naturales de Castilla y León; el Monumento Natural de Las Médulas; la zona húmeda de interés especial del Lago de Carucedo; los elementos naturales de la Red Natura 2000; y otros inventarios internacionales.
El Plan de Adecuación y Usos delimita el ámbito del Espacio Cultural y define las zonas de afección en accesos, recorridos y demás elementos al servicio de los visitantes en el entorno más próximo del Espacio Cultural; en esta zona de afección se incluye la red de canales y los asentamientos surgidos para su mantenimiento como elemento inseparable de la zona minera y que deben ser incluidos y considerados como un ámbito de afección lineal. Considerando sus singulares características y el conocimiento actual de esta red, de su recorrido, su enorme extensión y dispersión a lo largo de la comarca de La Cabrera y de los Montes Aquilianos, se delimita esta zona constituida por aquellas áreas del territorio en las que se deduce que la red existe o puede tener continuidad funcional, así como donde hay constancia de yacimientos vinculados, y que se extiende por los términos municipales de Benuza, Castrillo de Cabrera, Truchas, Encinedo, Priaranza del Bierzo y Ponferrada.
Criterios generales en la gestión del Espacio Cultural
Como criterio general, el Plan de Adecuación y Usos refuerza la consolidación de los valores ambientales y culturales potenciando usos compatibles o desarrollando nuevos usos en el marco de la sostenibilidad del sistema. Pretende la sostenibilidad del Espacio Cultural mediante la planificación y la aplicación de un conjunto de criterios, directrices y normas de actuación en relación con acciones como la investigación científica, la conservación y puesta en valor de los bienes culturales y la promoción y señalización.
El Plan promueve la realización de una reflexión y evaluación periódica sobre los efectos de los usos encaminados a garantizar la transmisión de los valores que representa el bien a las generaciones futuras. El Plan establece varios criterios de actuación:
En lo referente a la investigación científica, estará programada en un Plan concreto que debe tener un marco de referencia temporal a medio plazo y en el que deberán integrarse los programas o proyectos específicos con una planificación detallada. Las líneas de investigación se centrarán prioritariamente en temas como el marco geológico y geomorfológico, aprovechamiento histórico de los recursos, estructuras mineras romanas del Espacio Cultural, evolución del Espacio en época tardo romana y medieval, etc.
Sobre la conservación y puesta en valor de los bienes culturales se desarrollará y planificará un programa anual de conservación y mantenimiento de los bienes culturales incluidos en el Espacio Cultural, con un diagnóstico sobre sus posibles usos, y se potenciará la recuperación de la arquitectura tradicional. Sobre la información, promoción y señalización para la visita sobre promoción del Espacio Cultural, se coordinará la información de las diversas iniciativas promocionales por parte de las administraciones y otras entidades participantes, de modo que esta información sea amplia, precisa, coherente y actualizada; se fomentará una promoción del enclave dirigida al ámbito del turismo cultural y se fomentará su promoción con espacios similares, incluidos otros sitios inscritos en la Lista del Patrimonio Mundial, y circuitos especializados; y se diseñará un plan global de señalización único para todo el Espacio Cultural.
En lo relativo a los equipamientos específicos para la visita, se definirá una red homogénea y jerarquizada de centros de recepción e interpretación. El modelo centralizado permitirá un aprovechamiento de los recursos y la sostenibilidad del sistema. Por último, sobre la movilidad, la accesibilidad y el transporte, el órgano gestor elaborará un plan de visitas en el primer año de vigencia del Plan, que tendrá en cuenta cuestiones como el establecimiento de una red jerárquica y coherente de accesos y recorridos; la posibilidad de creación de un acceso rodado en vehículo público autorizado; y el tratamiento de los caminos y senderos dentro del Espacio Cultural, que se limitarán a los imprescindibles, adecuados y proporcionados al fin al que se destinan y siempre realizados con tratamientos tradicionales.
Administración del Espacio Cultural
El órgano de gestión y consultivo será la Junta Rectora con la colaboración del Gerente del Espacio Cultural y del director del Monumento Natural. Como en el mismo territorio coexisten las figuras de Espacio Cultural y de Espacio Natural Protegido, se ha promovido la integración de los órganos de gestión y consultivo o de participación social de ambas figuras. Para ello, el Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado el proyecto de decreto por el que se crea la Junta Rectora y Asesora del Monumento Natural y Espacio Cultural de Las Médulas como órgano único de gestión y consultivo.
Se prevé la adscripción de la Junta Rectora, de manera alternativa y por periodos anuales, a las secretarías generales de las consejerías competentes en materia de Patrimonio Cultural y en materia de Espacios Naturales.
La Junta Rectora y Asesora del Monumento Natural y Espacio Cultural de Las Médulas estará compuesta por un total de 36 miembros, con especial representación de las Juntas Vecinales y de los municipios de la zona.
El Plan de Adecuación y Usos - P.A.U. de Las Médulas consta de la siguiente documentación: