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Concepto de patrimonio cultural.
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El patrimonio cultural de Castilla y León está integrado por los bienes muebles e inmuebles de interés artístico, histórico, arquitectónico, paleontológico, arqueológico, etnológico, científico o técnico.También forman parte del mismo el patrimonio documental, bibliográfico y lingüístico, así como las actividades y el patrimonio inmaterial de la cultura popular y tradicional.
Los más relevantes están declarados bienes de interés cultural o incluidos en el inventario de bienes culturales. La Comunidad de Castilla y León ha reconocido más de 2.500 bienes de interés cultural, de ellos hay más de 1000 monumentos, más de 500 castillos, más 130 conjuntos históricos, más de 100 zonas arqueológicas, 11 catedrales y una concatedral.
También cuenta con ocho bienes declarados Patrimonio de la Humanidad y dos bienes incluídos en la Lista de Patrimonio Cultural Inmaterial por la UNESCO.
La garantía de la conservación de este patrimonio cultural, aspecto básico de la identidad de Castilla y León y de su importancia histórica y cultural, junto con la promoción de su investigación y enriquecimiento constituyen, ademas del fomento y tutela de acceso de los ciudadanos a los bienes que lo integran, las principales tareas que la Administración regional ha de impulsar para el cumplimiento de sus cometidos.
La Junta de Castilla y León procura atender toda esta enorme riqueza patrimonial en colaboración con sus titulares, con entidades privadas y con la propia sociedad, a través de políticas de intervención y conservación del patrimonio cultural en términos de sostenibilidad. Para ello cuenta con una legislación específica y con planes plurianuales donde se detallan los programas y acciones de intervención y gestión del patrimonio cultural.
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Bienes protegidos.
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Los bienes culturales más relevantes de Castilla y León están protegidos mediante una resolución de la administración que reconoce su valor e importancia histórica. El primer monumento reconocido por su interés cultural fue la Catedral de León en el año 1844, desde ese momento hasta la actualidad se van reconociendo progresivamente nuevos bienes de diferentes tipologías. Este reconocimiento se realiza desde principios de los años noventa del siglo XX por la Junta de Castilla y León de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley de patrimonio cultural de Castilla y León.
Los regímenes de protección del patrimonio cultural en la Comunidad de Castilla y León son los siguientes:
- Bienes de Interés Cultural: bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del patrimonio cultural de Castilla y León que reúnan de forma singular y relevante las características, las cualidades y los valores representativos del patrimonio cultural y sean declarados expresamente mediante un procedimiento y resolución administrativa con esta figura de protección, conocida habitualmente con las siglas de B.I.C.
- Bienes incluidos en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León: bienes muebles e inmuebles del Patrimonio Cultural de Castilla y León, de forma individual o formando parte de una colección de bienes, que sin llegar a ser declarados de interés cultural merezcan especial consideración por su notable valor histórico y cultural. También requieren para este reconocimiento un procedimiento y resolución administrativa.
- Bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León: todo el conjunto de bienes muebles e inmuebles del patrimonio cultural de Castilla y León que sin reunir de forma singular y relevante las características, cualidades y valores de los más destacados, forman parte de las creaciones históricas y culturales.
Categorías de Bienes de Interés Cultural y de Bienes Inventariados (78 kbytes)
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Espacios culturales.
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Los espacios culturales son inmuebles - enclaves, lugares - declarados como Bienes de Interés Cultural que, por sus especiales valores culturales y naturales, requieren para su gestión y difusión unas medidas y acciones de atención preferentes.
Para su reconocimiento se realiza una declaración específica con la denominación de "espacio cultural" que tiene como finalidad la difusión de sus valores y el fomento de las actividades que posibiliten el desarrollo sostenible del territorio en el que se encuentren enclavados. Esta declaración conlleva la elaboración de un "Plan de Adecuación y Usos" - PAU -, en el que se especifican las medidas de conservación, mantenimiento y uso, así como un programa de actuaciones. Para el desarrollo de este plan se prevé la constitución de un órgano gestor.
En la Comunidad de Castilla y León están declarados como “espacio cultural” la Sierra de Atapuerca (Burgos) y Las Médulas (León).
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Patrimonio Mundial.
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En Castilla y León se han reconocido por la UNESCO ocho bienes que poseen un valor universal excepcional y se han inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial para garantizar su protección y conservación. Este reconocimiento se realiza de acuerdo a lo establecido en la Convención sobre la protección del patrimonio mundial, cultural y natural, aprobada en 1972 por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, y ratificada por el Estado Español en 1982, incorporándose en consecuencia en su ordenamiento jurídico.
Los bienes culturales de Castilla y León reconocidos con estos valores de acuerdo esa Convención de la UNESCO son los siguientes:
- Catedral de Burgos (1984)
- Ciudad antigua de Segovia y su acueducto romano (1985)
- Ciudad antigua de Ávila y sus iglesias de extramuros - San Vicente, San Segundo, San Nicolás y San Andrés - (1985).
- Ciudad antigua de Salamanca (1988).
- Camino de Santiago (1993).
- Las Médulas (1997).
- Atapuerca (2000)
- Siega Verde (2010)
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Patrimonio Cultural Inmaterial.
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El patrimonio cultural inmaterial está integrado por «los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas -junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana.», según especifica la Convención para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial aprobada por la UNESCO en el año 2003 y ratificada por el Estado Español en el año 2006, formando parte de su ordenamiento jurídico.
En Castilla y León hay una actividad y una práctica cultural incluidas en el año 2010 por la UNESCO en la "Lista Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad", que son compartidas con otras Comunidades Autónomas y otros países, la Cetrería y la Dieta Mediterránea.
También se han reconocido en la Comunidad de Castilla y León varios Bienes de Interés Cultural con el carácter de patrimonio cultural inmaterial:
- La cetrería en Castilla y León (2011)
- La Tauromaquia en Castilla y León (2014)
- El conjunto de celebraciones del Jueves y el Viernes Santo en Bercianos de Aliste (Zamora) (2014)
- La Pasión Zamorana: ritos, esencia y territorio (incoación como BIC en 2014).
- En el año 2005 se declaró como lugar de interés etnográfico, dentro de la categoría de Sitio Histórico, a las fiestas del «Paso del Fuego» y las «Móndidas», en San Pedro Manrique (Soria).
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Patrimonios específicos.
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Las características de algunos bienes integrantes del patrimonio cultural implican un tratamiento jurídico específico. Por este motivo la Ley de patrimonio cultural de Castilla y León establece para el patrimonio arqueológico, etnológico, lingüístico, documental y bibliográfico unas medidas especiales de estudio, documentación y registro, con la finalidad de garantizar la adecuada consecución de los objetivos generales de conocimiento, protección, difusión y transmisión a las generaciones futuras.
Patrimonio arqueológico.
Constituyen el patrimonio arqueológico de Castilla y León los bienes muebles e inmuebles de carácter histórico, así como los lugares en los que es posible reconocer la actividad humana en el pasado, que precisen para su localización o estudio métodos arqueológicos, hayan sido o no extraídos de su lugar de origen, tanto si se encuentran en la superficie como en el subsuelo o en una zona subacuática.También forman parte de este patrimonio los restos materiales geológicos y paleontológicos que puedan relacionarse con la historia del hombre.
En el Titulo III de la Ley de patrimonio cultural de Castilla y León se regulan las distintas actividades arqueológicas, considerándose como tal las prospecciones, excavaciones, controles arqueológicos y estudios directos con reproducción de arte rupestre , así como cualesquiera otras actividades que tengan por finalidad la búsqueda, documentación o investigación de bienes y lugares integrantes del patrimonio arqueológico, siendo en todo caso necesaria para su realización la preceptiva autorización previa.
El Reglamento para la protección del patrimonio cultural de Castilla y León dedica su título IV al Patrimonio Arqueológico, regulando el registro de lugares arqueológicos, definiendo las actividades arqueológicas, clasificando las intervenciones, estableciendo los procedimientos para la solicitud, concesión de autorizaciones y realización de actividades arqueológicas, y determinado las normas aplicables a los hallazgos casuales.
Patrimonio etnológico.
Integran el patrimonio etnológico de Castilla y León los lugares y los bienes muebles e inmuebles, así como las actividades, conocimientos, prácticas, trabajos y manifestaciones culturales transmitidos oral o consuetudinariamente que sean expresiones simbólicas o significativas de costumbres tradicionales o formas de vida en las que se reconozca un colectivo, o que constituyan un elemento de vinculación o relación social originarios o tradicionalmente desarrollados en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Se consideran incluidos en el patrimonio etnológico de Castilla y León aquellos bienes muebles o inmuebles, relacionados con la economía y los procesos productivos e industriales del pasado que se consideren de interés de acuerdo a la definición que establece la Ley de patrimonio cultural de Castilla y León.
Patrimonio lingüístico.
El patrimonio lingüístico de Castilla y León está integrado por las diferentes lenguas, hablas, variedades dialectales y modalidades lingüísticas que tradicionalmente se hayan venido utilizando en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Patrimonio documental y bibliográfico.
El patrimonio documental de Castilla y León se rege por una normativa específicas de los archivos y del patrimonio documental de Castilla y León. En lo no previsto en la misma será de aplicación cuanto se dispone con carácter general en la Ley de patrimonio cultura de Castilla y León, y en especial lo referido a bienes muebles.
El patrimonio bibliográfico de Castilla y León está integrado por:
- Las obras literarias, históricas, científicas o artísticas de carácter unitario o seriado, en escritura manuscrita, impresa o registrada en lenguaje codificado en cualquier tipo de soporte, de las que no conste la existencia de al menos tres ejemplares en las bibliotecas públicas o en los servicios públicos responsables del depósito legal existentes en la Comunidad Autónoma.
- Las obras y colecciones bibliográficas conservadas en Castilla y León que, sin estar incluidas en el apartado anterior, se integren en el patrimonio bibliográfico por resolución de la Consejería competente en materia de cultura, en virtud de sus características singulares o por haber sido producidas o reunidas por personas o entidades de especial relevancia en cualquier ámbito de actividad.
- Los ejemplares de las obras a que se refieren los apartados anteriores y el siguiente, producidos en Castilla y León que sean objeto del depósito legal.
Así mismo, forman parte del patrimonio cultural y se les aplicará el régimen correspondiente al patrimonio bibliográfico los ejemplares producto de ediciones o emisiones de películas cinematográficas, fotografías, grabaciones sonoras, video-grabaciones y material multimedia que reúnan alguna de las características que se establecen en el apartado anterior cualquiera que sea el soporte y la técnica utilizados para su producción o reproducción.
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Accesibilidad: Monumentos para todos
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La Junta de Castilla y León tiene entre sus objetivos prioritarios en el ámbito del patrimonio cultural promover, facilitar y mejorar las condiciones de accesibilidad a los bienes culturales, tanto física como psico-motriz, sensorial, informativa y cognitiva.
La Consejería de Cultura y Turismo, en colaboración con la asociación ASPAYM, ha elaborado y desarrollado al respecto los siguientes documentos y proyectos:
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Carta de monumentos para todos, con la metodología empleada en el análisis de los grados de accesibilidad y en la evaluación de los espacios accesibles.
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Red de monumentos para todos, en la que se incluyen los monumentos y lugares históricos en los que se ha realizado el estudio y definido el tipo de accesibilidad.
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Catálogo y visor geográfico de bienes culturales de Castilla y León.
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La base documental del patrimonio cultural de Castilla y León accesible está integrada por los bienes culturales que tienen un régimen especial de protección establecido por la Ley 12/2002, del patrimonio cultural de Castilla y León.
En la consulta se podrá acceder a la siguiente información:
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Catálogo de Bienes de Interés Cultural
en el que se puede consultar una ficha básica de identificación, régimen de protección y descripción del bien, con imágenes y documentos complementarios en algunos casos.
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Visor Geográfico de Bienes Culturales
en el que con herramientas de navegación y búsqueda se podrá seleccionar territorios y buscar información sobre bienes culturales.
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